Informes geológicos emitidos por el ICGC en el procedimiento administrativo
Informes técnicos en el ámbito de la geología, los riesgos geológicos y el patrimonio geológico bajo el requerimiento de la legislación vigente
En referencia al apoyo técnico al Gobierno en sus actuaciones en el territorio, tal y como establecen la Ley 19/2005, el Decreto 168/2009 y otras normativas sectoriales, el ICGC debe dar soporte técnico en materia geológica a través de la emisión de informes que según determine la normativa de aplicación tendrán carácter preceptivo.
El ICGC emite informe preceptivo en los siguientes procedimientos:
- Aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico general.
- Programas de restauración de actividades extractivas.
- Autorización de nuevos cementerios.
- Estudios informativos o anteproyectos y proyectos relativos a obras de túneles urbanos o de otros túneles y grandes obras de especial complejidad o dificultad técnica a las que hace referencia la Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública.
El ICGC emite informe de carácter no preceptivo en los siguientes procedimientos:
- Evaluación ambiental.
- Autorizaciones y licencias ambientales de actividades.
El órgano que tramita el expediente administrativo solicita al ICGC que emita el informe que corresponda. Estos informes son actos administrativos de carácter declarativo mediante los cuales el Instituto emite su juicio u opinión sobre una cuestión relacionada con el ejercicio de sus funciones en materia de conocimiento geológico con el fin de asistir al órgano decisorio de dicho expediente.
Los informes emitidos por el ICGC, más de 13.000 para el período 2005-2021, constituyen un instrumento directo y eficaz de prevención frente a los riesgos geológicos. En cada expediente, sea un planeamiento urbanístico, un proyecto o una actividad, el ICGC valora si la documentación técnica ha tenido en cuenta la posible existencia de fenómenos geológicos que puedan comportar un riesgo para las personas y sus bienes. Asimismo, cuando lo cree necesario, el ICGC requiere la realización de estudios complementarios o la definición de medidas para la protección, prevención o mitigación del riesgo geológico.
En relación a la posible afectación sobre los elementos de interés geológico que constituyen el patrimonio geológico, los informes de valoración que emite el ICGC son una herramienta de geoconservación preventiva, porque evitan la destrucción de afloramientos de interés y definen medidas correctoras que permiten su conservación.